Socorristas de Piscina - Personal de Piscina Madrid


El servicio de socorrista de una piscina de uso público es imprescindible para la seguridad de la instalación y sus bañistas. Sport & Balance® dispone de socorristas titulados e inscritos en el registro de la Comunidad Autónoma correspondiente, tal como exige la normativa vigente. En el caso de la comunidad de Madrid están registrados en la Agencia Lain Entralgo.

Servicio de Socorristas en Piscina

 

Sport & Balance® pondrá al servicio de la piscina de su urbanización, club, hotel… un socorrista de piscina uniformado, titulado e inscrito en el registro de socorristas dela Comunidad de Madrid, en la franja horaria de apertura y cierre de la instalación, que se establezca de común acuerdo con el cliente.

Disponemos de personal con formación en Idiomas, para trabajar en Hoteles, Resorts, Clubes… Este tipo de servicio se puede contratar por horas, días sueltos, 1/2 jornada o jornada completa.

Los socorristas tendrán las siguientes funciones:

    • Acatar las prohibiciones y exigencias que marque la ley sobre el reglamento de las piscinas públicas.
    • Asegurar que la práctica deportiva y/o recreativa que se realiza en dicha instalación se efectúe en las condiciones y formas más seguras y adecuadas, respetándose la normativa de uso de piscina determinada por el cliente.
    • Velar por el cuidado del material de piscina que se entregue al inicio de temporada y de todas las herramientas necesarias para un correcto funcionamiento del servicio, (flotadores, perchas de rescate, botiquín, limpia fondos, etc.)
    • Llevar el control diario de la calidad sanitaria del agua realizando los correspondientes análisis en las horas de mayor concentración de público, con anotación en el Libro de Registro Oficial.
    • Revisar periódicamente el estado de la piscina para detectar posibles irregularidades en su funcionamiento.
    • Atender a todas las inquietudes que los usuarios pudieran plantear para mejorar el servicio.

 

 Solicita + Información

 

Normativa de los Socorristas de Piscinas

 

Según el Decreto 80/98 de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénicas – sanitarias de piscinas de uso colectivo, en todas las piscinas se deberá contar con un servicio de socorristas con el grado de conocimiento suficiente en materia de socorrismo acuático y prestación de primeros auxilios, cuya formación será acreditada por el organismo competente.

Este organismo de acreditación varía en función de cada comunidad autónoma. El Registro de Socorristas de la Comunidad de Madrid, está adscrito a la Agencia Laín Entralgo para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios, y tiene como objeto la inscripción de socorristas que presten servicio en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

La inscripción en el Registro Profesional de Socorristas se realizará teniendo en cuenta la Orden 1319/2006, de 27 de junio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por el cual se establecen los criterios que permitan establecer los niveles mínimos de formación del personal que preste sus servicios como Socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.

La normativa vigente de la CAM determina que el número de socorristas según se detalla a continuación:

    • Un socorrista hasta 500 metros cuadrados de lámina de agua.
    • Dos socorristas entre 500 y 1.000 metros cuadrados de superficie de lámina de agua por cada vaso, y a partir de cada 1.000 metros cuadrados de exceso, un socorrista más.
    • En los recintos donde hayan diferentes vasos a efectos de cálculo del número de socorristas, se sumarán todas las superficies de láminas de agua.
    • En el caso de que la separación física entre los vasos no permita una vigilancia eficaz, será obligatoria la presencia de socorrista en cada vaso.

Dicho personal permanecerá en las instalaciones durante todo el tiempo de funcionamiento de las mismas.

Medios Materiales de Seguridad en Piscinas

 

Las piscinas deben tener elementos de apoyo de rescate en número suficiente, situados en lugares visibles y fácilmente accesibles. Los elementos más usuales y que deberán tener al menos son:

    • Perchas de material liviano, rígido y resistente a la corrosión, con un dispositivo de asimiento en su extremo.
    • Salvavidas, en número no inferior al de escaleras y mínimo de dos, ubicados en lugares visibles y de fácil acceso, a la máxima altura de 2 metros. Dichos salvavidas serán de polietileno, diámetro no inferior a 30 centímetros y cordón de longitud no inferior a la mitad del mayor ancho de la piscina más 3 metros, con resistencia a rotura superior a 550 kilogramos.

Si lo desea en Sport & Balance® realizamos una auditoría a su instalación de forma gratuita en la cual entregamos un informe detallo de cuáles son las labores necesarias de realizar en la piscina o proveerle todo el material y equipamiento necesario para adecuar su instalación a la normativa vigente de piscinas.

Solicita + Información

Volver a Personal de Piscina

Content
Soluciones Integrales para su Urbanización
Pídanos información sin compromiso sobre cualquiera de nuestros servicios.

* nombre incorrecto

* email incorrecto

* introduzca texto
He leido y acepto las condiciones
* confirmación necesaria